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Legislación sobre el ciberacoso

¿Qué es el ciberacoso?

Para comprender la legislación en el ciberacoso, primero nos tenemos que preguntar: ¿Qué es el ciberacoso? una agresión psicológica, sostenida y repetida en el tiempo, realizada por una o varias personas contra otro/a, utilizando para ello las nuevas tecnologías (correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, y webs, etc.) Se da sobre todo en menores de edad.

Tipos de ciberacoso:

  • El ciberbullying: Acoso en internet, generalmente se da entre  menores de edad. No es necesario que agresor y víctima se conozcan físicamente.
  • Grooming: Es el acoso que se produce por parte de un adulto hacia menores de edad con intenciones sexuales.
  • Sextorsión: Se trata de la extorsión realizada con contenido de índole sexual de la víctima. Normalmente, este acoso suele estar derivado de casos de grooming. Detrás de este tipo de acoso se suelen esconder otros casos de pedofilia y pederastia.
  • Ciberviolencia de género: Insultos, ataques, chantajes, control… por parte de una persona o grupo de estas a otra u otros del sexo opuesto.
  • Sexting: envío de imágenes comprometidas o de índole sexual. Aunque generalmente no es un tipo de acoso, constituye un peligro importante en internet debido a los grandes riesgos que puede suponer el envío de este tipo de contenido.
  • Suplantación de identidad: Crear un perfil de otra persona para realizar comentarios desagradables, en un foro de mensajes, en un chat, etc.

La legislación contempla:

  • Acoso 
  • Amenazas
  • Coacciones 
  • Inducción al suicidio
  • Delito contra la integridad moral
  • Libertad sexual
  • Revelación de secretos
  • Sexting

La legislación sobre el ciberacoso en menores de 14 años

Si el menor infractor tiene menos de 14 años, se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores del Código Civil y demás normativa vigente. Art. 3 Ley 5/2000 de responsabilidad penal de los menores. Además tendrá lugar la intervención de los servicios sociales.

El código penal español contiene un apartado específico en el que legisla sobre el ciber acoso desde el 2013,en el que regula el acoso sexual a través de internet. Sin embargo las leyes no contemplan el ciberacoso fuera del ámbito sexual con una pena de entre 6 meses y 4 años de cárcel.

Pese a ello es el único país de la Unión Europea que legisla el ciberacoso. 

En 2016 se hizo una reforma en la que incluyó  el stalking y sexting en la legislación con de 3 meses a un año de prisión, o una multa de 6 a 12 meses, pena que se amplía de 2 a 5 años de prisión en los casos de difusión de imágenes que se hayan obtenido sin el consentimiento de la víctima.

Puntos importantes del ciberacoso

  • En Internet queda todo grabado.
  • El ciberacoso se puede producir durante 24 horas.
  • Más facilidad a la hora de difundir las humillaciones. 

¿Cómo actuar ante el ciberacoso? Ignora, bloquea, pide ayuda y denuncia

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